Organización Interna

Organización Interna

1.- ALCALDÍA-PRESIDENCIA.

TITULAR: D. Manuel Mirón Macías

COMPETENCIAS:

- Dirigir el gobierno y la administración municipal.
- Representar al ayuntamiento.
- Convocar y presidir las sesiones del Pleno, salvo los supuestos previstos en esta ley y en la legislación electoral general, de la Junta de Gobierno Local, y de cualesquiera otros órganos municipales cuando así se establezca en disposición legal o reglamentaria, y decidir los empates con voto de calidad.
- Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales.
- Dictar bandos.
- El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponer gastos dentro de los límites de su competencia, concertar operaciones de crédito, con exclusión de las contempladas en el artículo 158,8 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, siempre que aquéllas estén previstas en el Presupuesto y su importe acumulado dentro de cada ejercicio económico no supere el 10 por ciento de sus recursos ordinarios, salvo las de tesorería que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento no supere el 15 por ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, ordenar pagos y rendir cuentas; todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas.
- Desempeñar la jefatura superior de todo el personal, y acordar su nombramiento y sanciones, incluida la separación del servicio de los funcionarios de la Corporación y el despido del personal laboral, dando cuenta al Pleno, en estos dos últimos casos, en la primera sesión que celebre. Esta atribución se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 99,1 y 3 de esta ley.
- Ejercer la jefatura de la Policía Municipal.
- El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa del ayuntamiento en las materias de su competencia, incluso cuando las hubiere delegado en otro órgano, y, en caso de urgencia, en materias de la competencia del Pleno, en este supuesto dado cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación.
- La iniciativa para proponer al Pleno la declaración de lesividad en materias de la competencia de la Alcaldía.
- Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad, en caso de catástrofe o de infortunios públicos o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias y adecuadas dando cuenta inmediata al Pleno.
- Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos.

2.- JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

INTEGRADA POR:

Alcalde-Presidente y los 3 Tenientes de Alcalde

Primer Teniente de Alcalde: Dª Vanessa Mª Macías Novoa
Segundo Teniente de Alcalde: D. Francisco Flores Morales
Tercer Teniente de Alcalde: D. Miguel Ángel Macías Palacios

COMPETENCIAS:

- Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización*.
- La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto*.
- El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local*.
- Las competencias como órgano de contratación respectos de los contratos de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales, y los contratos privados cuando su importe no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada*.
- La adjudicación de concesiones sobre los bienes del Ayuntamiento y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a legislación patrimonial cuando su valor no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados*.
- El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias de competencia plenaria**.
- La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento**
- La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos**.
- Las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos cuya competencia no esté atribuida al Alcalde, a excepción de los relativos a bienes declarados de valor histórico o artístico cualquier que sea su valor**.


* Competencias delegadas por la Alcaldía mediante Resolución nº 079/2015, de 18 de junio.
** Competencias delegadas por el Pleno mediante acuerdo de 18 de junio de 2015.

3.- PLENO.

INTEGRADO POR:

D. Manuel Mirón Macías.

Dª Vanessa Mª Macías Novoa.

D. Francisco Flores Morales.

D. Miguel Ángel Macías Palacios.

Dª Ana Vanesa Barroso Talavera.

D. Elías Paz Canales.

Dª Manuela Castellano Flores.

Dª Yolanda Lamarcas Solé.

COMPETENCIAS:

- El control y la fiscalización de los órganos de gobierno.
- Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales, alteración del término municipal; creación o supresión de municipios y de las entidades a que se refiere el artículo 45; creación de órganos desconcentrados; alteración de la capitalidad del municipio y el cambio de nombre de éste o de aquellas entidades y la adopción o modificación de su bandera enseña o escudo.
- La aprobación inicial del planeamiento general y la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística, así como los convenios que tengan por objeto la alteración de cualesquiera de dichos instrumentos.
- La aprobación del reglamento orgánico y de las ordenanzas.
- La determinación de los recursos propios de carácter tributario; la aprobación y modificación de los presupuestos, y la disposición de gastos en materia de su competencia y la aprobación de las cuentas; todo ello de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- La aprobación de las formas de gestión de los servicios y de los expedientes de municipalización.
- La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones públicas.
- El planeamiento de conflictos de competencias a otras entidades locales y demás Administraciones públicas.
- La aprobación de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo, la fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias fijas y periódicas de los funcionarios y el número y régimen del personal eventual.
- La alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público.
- La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto –salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior-- todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Aquellas otras que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial.
- Las demás que expresamente le confieran las leyes.

 

4.- COMISIONES INFORMATÍVAS

 

COMISIÓN ECONOMÍA, HACIENDA Y ESPECIAL DE CUENTAS

COMPETENCIAS: Las previstas en el artículo 116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Dictamen de los presupuestos municipales, liquidaciones, modificaciones, transferencias, gestión de gastos, gestión de ingresos, ordenanzas fiscales, impuestos, tasas, contribuciones especiales, precios públicos, subvenciones, exencias, operaciones de tesorería, créditos, tesorería municipal, caja, recaudación, inspección y control fiscal, patrimonio municipal, inventario de bienes.

MIEMBROS:
    PRESIDENTE:
D. Manuel Mirón Macías (PSOE).
    VOCALES:
Dª Vanessa Mª Macías Novoa (PSOE).
D. Elías Paz Canales (PSOE).
D. Francisco Flores Morales (PSOE).
Dª Yolanda Lamarca Solé (PP).
    SECRETARIO:     
El que lo sea del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.
    SUPLENTES:     
Del PSOE: D. Miguel Ángel Macías Palacios.
Del PP: Dª Manuela Castellano Flores.

 

COMISIÓN DE ASUNTOS DEL PLENO Y DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

COMPETENCIAS: Dictamen de todos los asuntos que hayan de ser sometidos al acuerdo y deliberación del Pleno, que no hayan sido dictaminados por una comisión específica y de aquéllos asuntos que hayan de someterse a la Junta de gobierno como consecuencia de las Delegaciones que el pleno haga en aquélla.

MIEMBROS:
    PRESIDENTE:
D. Manuel Mirón Macías (PSOE).
    VOCALES:
D. Juan Antonio Trevejo Fuentes (PSOE).
Dª Vanessa Mª Macías Novoa (PSOE).
Dª Ana Vanesa Barroso Talavera (PSOE).
Dª Yolanda Lamarca Solé (PP).
    SECRETARIO:
El que lo sea del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.
    SUPLENTES:
Del PSOE: D. Francisco Flores Morales.
Del PP: Dª Manuela Castellano Flores.

 

COMISIÓN DE OBRAS, CONTRATOS Y SUMINISTROS

COMPETENCIAS: Dictamen de los expedientes relativos a la adjudicación de contratos de obras, de suministros, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales y los contratos privados cuya competencia como órgano de contratación corresponda al Pleno de la Corporación en virtud de lo dispuesto en la Disp. Adic. Segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con independencia de que la misma haya sido delegada por el Pleno en la Junta de Gobierno Local.

MIEMBROS:
    PRESIDENTE:
D. Manuel Mirón Macías (PSOE).
    VOCALES:
D. Francisco Flores Morales (PSOE).
D. Juan Antonio Trevejo Fuentes (PSOE).
D. Miguel Ángel Macías Palacios (PSOE).
Dª Manuela Castellano Flores (PP).
    SECRETARIO:
El que lo sea del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.
    SUPLENTES:
Del PSOE: D. Elías Paz Canales.
Del PP: Dª Yolanda Lamarca Solé.

 

COMISIÓN DE EMPLEO, ASUNTOS SOCIALES E IGUALDAD

COMPETENCIAS: Dictamen de las bases de las convocatorias que tenga que aprobar la Presidencia para cubrir plazas que convoque el Ayuntamiento, dictamen a las contrataciones que se efectúen a través del SEXPE u otros organismos, dictamen a asuntos relativos al desarrollo local, asuntos sociales e igualdad, con independencia de las competencias que por su naturaleza pudieran corresponder a la Comisión de Obras, Contratos y Suministros.

MIEMBROS:
    PRESIDENTE:
D. Manuel Mirón Macías (PSOE).
    VOCALES:
D. Elías Paz Canales (PSOE).
Dª Ana Vanesa Barroso Talavera (PSOE).
Dª Vanessa Mª Macías Novoa (PSOE).
Dª Manuela Castellano Flores (PP).
    SECRETARIO:
El que lo sea del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.
    SUPLENTES:
Del PSOE: D. Juan Antonio Trevejo Fuentes.
Del PP: Dª Yolanda Lamarca Solé.

 

COMISIÓN DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIOAMBIENTE

COMPETENCIAS: Dictamen de los expedientes relativos a materias propias de la agricultura, la ganadería y el medioambiente, dictamen a asuntos a la gestión de bienes patrimoniales susceptibles de explotación agrícola y/o ganadera, con independencia de las competencias que por su naturaleza pudieran corresponder a la Comisión de Obras, Contratos y Suministros.

MIEMBROS:
    PRESIDENTE:
D. Manuel Mirón Macías (PSOE).
    VOCALES:
D. Francisco Flores Morales (PSOE).
D. Elías Paz Canales (PSOE).
D. Miguel Ángel Macías Palacios (PSOE).
Dª Manuela Castellano Flores (PP).
    SECRETARIO:
El que lo sea del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.
    SUPLENTES:
Del PSOE: Dª Ana Vanesa Barroso Talavera.
Del PP: Dª Yolanda Lamarca Solé.

 

COMISIÓN DE JUVENTUD, DEPORTE, FORMACIÓN Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

COMPETENCIAS: Dictamen de los expedientes relativos a materias propias de la juventud, deportes, formación y nuevas tecnologías, con independencia de las competencias que pos su naturaleza pudieran corresponder a la Comisión de Obras, Contratos y Suministros.
Sometido el asunto a votación ordinaria conforme disponen los arts. 101 y 102 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, presidentes NUEVE (9) de los NUEVE (9) miembros legales que constituyen la Corporación, con NUEVE (9) votos a favor, CERO (0) en contra y CERO (0) abstenciones, y, por tanto, por mayoría absoluta, el Pleno acuerda:
ÚNICO.- Prestar conformidad realizada por la Alcaldía en todos sus términos.

MIEMBROS:
    PRESIDENTE:
D. Manuel Mirón Macías (PSOE).
    VOCALES:
Dª. Ana Vanesa Barroso Talavera (PSOE).
D. Miguel Ángel Macías Palacios (PSOE).
D. Juan Antonio Trevejo Fuentes (PSOE).
Dª Yolanda Lamarca Solé (PP).
    SECRETARIO:
El que lo sea del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.
    SUPLENTES:
Del PSOE: Dª Vanessa Mª Macías Novoa.
Del PP: Dª Manuela Castellano Flores.

 

5.- CONCEJALÍAS DELEGADAS

 

    NOMBRE CONCEJAL                                          CONCEJALÍA DELEGADA                                                CORREO ELECTRÓNICO DE CONTACTO

D. Juan Antonio Trevejo Fuentes                        Deporte, tráfico y seguridad vial                                  deporteytrafico@navasdelmadrono.es

D. Francisco Flores Morales                                Obras y medioambiente                                                obrasymedioambiente@navasdelmadrono.es

Dª Ana Vanesa Barroso Talavera                          Igualdad y participación ciudadana                             igualdadyparticipacion@navasdelmadrono.es

D. Miguel Ángel Macías Palacios                        Juventud y festejos                                                         juventudyfestejos@navasdelmadrono.es
 
Dª Vanessa Mª Macías Novoa                               Formación, educación y cultura                                   cultura@navasdelmadrono.es

D. Elías Paz Canales                                              Asuntos sociales                                                               asuntossociales@navasdelmadrono.es