Calendario físcal
SERVICIO ABASTECIMIENTO DE AGUA.
Pago de la tasa al disponer del servicio, periodo de solicitud del mismo, todo el año.
A/ Agua doméstica.
- Precio mínimo: 5,82 €
- De 1 a 15 m3: 0,68 €/m3.
- De 16 a 24 m3: 0,81 €/m3.
- De 25 m3 en adelante: 0,87 €/m3.
B/ Agua industrial.
- De 1 a 15 m3: 0,84 €/m3.
- De 16 m3 en adelante: 0,90 €/m3.
C/ Agua agrícola.
- De 1 a 12 m3: 0,97 €/m3.
- De 13 m3 en adelante: 1,07 €/m3.
D/ Agua que se suministra fuera del casco urbano.
- De 1 a 12 m3: 1,21 €/m3.
- De 13 m3 en adelante: 1,39 €/m3.
E/ Enganches.
- Enganche red en urbana: 43,96 €.
- Enganche red en rústica: 99,83 €.
Tasa utilización piscinas municipales.
Abono de entradas diarias.
Pago de los abonos al inicio de la temporada. Días Laborales:
Pago de los abonos al inicio de la temporada. Días Laborales:
- Adultos: 1,50 €
- Niños: 0,75 €
Sábados, Domingos y Festivos:
- Adultos: 1,80 €
- Niños: 1,00 €
Abonados de temporada.
- Infantil: 16,00 €
- Adultos: 26,00 €
Tasa prestación Servicio de Matadero.
Tarifas abonadas previa utilización del servicio. Servicio Matadero:
- Por cada vacuno: 11,00 €
- Por oveja o cabra: 4,20 €
- Por cada cerdo:4,80 €
Utilización cámara:
- Por cada vacuno diario: 3,00 €
- Por cada oveja, cabra o cerdo: 1,50 €
Utilización carro isotermo.
- Por cada viaje: 9,50 €
- Autorización por cada matanza domiciliaria: 1,50 €
Tasa prestación del servicio o realización de actv. de asistencia en Hospitales, Hogares Infantiles, Residencia de ancianos y similares.
- Guardería: 36,00 €/mes.
Ayuda a domicilio:
- Beneficiario pensión no contributiva: 3,01 €/mes.
Beneficiario cualquier otra clase de pensión:
- Hasta 300, 51 €: 6,01 €/mes.
- De 300,51 a 420,71 €: 9,02 €/mes.
- De 420,71 a 601,01 €: 18,03 €/mes.
Pisos tutelados:
- Residentes válidos, 12 pagas normales, 70% paga/mes.
- Lavado/ plancha (5kg): 3,01 €.
Tasa prestación servicio o realización de actividades de voz pública.
- Servicio de megafonía (bandos): 2,00 €/servicio.
Tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, mat. de construcción,...
Ocupación Vía Pública con mercancías y escombros:
- 1,00 € hasta 10 m2.
- 1,50 € de 11 a 20 m2.
- 12,00 € mas de 21 m2.
Ocupación Vía Pública con mercancías, escombros...que impidan circulación de vehículos: 12,00 €.
Tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa.
Tasa liquidada al final de la temporada por instalación de terrazas o veladores.
- Hasta dos mesas con cuatro sillas cada una: 45,68 €
- De dos en adelante (por mesa): 6,01 €
Tasa por puestos, barracas, casetas de venta... situadas en terrenos de uso público. • Puestos fijos: 16,00 €/ mes
- Puestos variables: 5,50 €/día
Tasa por tránsito de ganado. Tasa liquidada anualmente.
- Por cabeza de ganado cabrío: 2,15 €/Año.
- Por cabeza de ganado lanar: 1,30 €/Año.
- Por cabeza de ganado vacuno: 3,10 €/Año.
- Por cabeza de ganado porcino: 2,15 €/Año.
- Por cabeza de ganado mular y asnal: 2,50 €/Año.
- Por cabeza de ganado caballar: 6,40 €/Año.
- Por cabeza de ganado canino: 2,15 €/Año.
- Por cabeza ganado canino de lujo: 10,50 €/Año.
Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública por aparcamiento, carga y descarga de mercancías.
Tasa liquidada anualmente. Por cada placa de Vado Permanente: 30,00 €
Tasa por la prestación de servicios de utilización de báscula municipal u otros aparatos análogos.
Pesada de ganado:
- Bovino: 0,30 €/cabeza
- Ovino-caprino: 0,09 €/cabeza
- Cerdos: 0,60 €/cabeza
Pesada mínima por vehículos:
- Hasta 5.000 Kg. brutos: 2,40 €
- De 5.000-10.000 Kg. brutos: 3,01 €
- Mas de 10.000 Kg. Brutos: 3,61 €
Embarcadero:
- Por cabeza de ganado: 0,30 €
- Por camión: 3,61 €
- Por trailer: 4,21 €
Uso de corrales:
- Hasta 10 cabezas de ganado: 0,72 €/cabeza
- Mas de 10: 0,30 €/cabeza.
Monedero (pesada mínima por vehículo):
- Hasta 10.000 Kg. Brutos: 2,00 €
- Mas de 10.000 Kg. Brutos: 3,00 €
Tasa por utilización de Telefax, fotocopiadora y otros servicios similares.
- Servicio telefax: recepción y transmisión 1,00 €.
- Utilización fotocopiadoras: 0,15 €/unidad.
Tasa licencia de apertura de establecimientos.
- Licencia de apertura: 150,00 €
Tasa por documentos expedidos por la administración o autoridades municipales.
- Certificaciones: 1,25 €
- Compulsas: 0,50 €
Tasa por la prestación del servicio de cementerios municipales, conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter local.
Cuota anual servicio de Mantenimiento de cementerio:
- Nichos: 6,00 €/año
- Capillas:
- 38,00 € para aquellas con 2 o menos tumbas.
- 40,00 € para aquellas con 3 o 4 tumbas.
- 42,00 € para aquellas con 5 o más tumbas.
Concesión nichos por el tiempo máximo establecido en la legislación correspondiente:
- Nichos nuevos construidos por el Ayuntamiento: 500 €.
Apertura y Cierre de nichos y panteones.
- Por cada apertura y cierre de nichos, capillas o panteones: 65,00 €.
Tasa por prestación del servicio de alcantarillado.
Liquidación en recibos trimestrales.
- Por cada acometida S.W: 4,72 €/trimestre (18,88 €/Año).
- Por enganche a la red de alcantarillado: 19,97 €.
Tasa por recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos.
Liquidación en recibos trimestrales.
- Vivienda: 42,72 €/Año.
- Establecimiento industrial o comercial: 57,31 €/Año.
- Bares o cafeterías: 59,39 €/Año.
- Bares especiales, discotecas y cines: 77,11 €/Año.
Tasa por licencias de taxi y demás vehículos de alquiler.
- Tarifa única: 30,05 €
Tasa por la prestación del servicio de desinfección de vehículos.
Desinfección:
- Remolques de turismos y furgonetas: 4,40 €.
- Remolques de tractores y camiones hasta 6.000 Kg.PMA: 5,65 €.
- Remolques con jaula. 6,90 €.
- Camiones sin jaula de más de 6.000 Kg. paja:6,25 €.
- Camiones con jaula: 8,45 €.
- Camiones trailer sin jaula: 16,30 €.
- Camiones trailer con jaula: 22,55 €.
Lavado:
- Remolques de turismos y furgonetas: 1,05 €.
- Remolques de tractores y camiones hasta 6.000 Kg. PMA: 5,20 €.
- Remolques con jaula: 9,40 €.
- Camiones sin jaula de más de 6.000 Kg.: PMA 6,25 €.
- Camiones con jaula: 8,35 €.
- Camiones trailer sin jaula: 10,40 €.
- Camiones trailer con jaula: 12,50 €.
Tasa por otorgamiento de licencias urbanísticas.
- 3% sobre su costo en proyecto técnico o sobre valoración técnica de la misma.
Tasa reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles.
- La couta íntegra de este Impuesto será el resultado de aplicar a la base liquidable el tipo de gravamen y recargo al que se refiere el apartado 3 siguiente.
- La cuota líquieda se obtendrá minorando la cuota íntegra en el importe de las bonificaciones previstas en el artículo siguiente.
- Los tipos de gravamen aplicables en este Municipio serán los siguientes:
A/ Bienes inmuebles de naturaleza urbana: 0,75 %.
B/ Bienes inmuebles de naturaleza rústica: 1,11 %.
C/ Bienes inmuebles de características especiales: 1,30 %.